Te habías parado a pensar, cuando vas caminando por una calle, porqué es tan agradable el paseo por la misma, o por el contrario porqué dicho paseo puede ser simplemente desolador.
La anchura de las aceras, la existencia de árboles, la distancia entre ellos, el tipo de vegetación, la altura de los edificios, la existencia o no de bajos comerciales y un sinfín de cuestiones más, hacen que, podamos experimentar sensaciones muy distintas a la hora de transitar por cualquiera de nuestras calles, avenidas o arrabales de nuestros pueblos o ciudades.
Salvo que estemos en el casco antiguo de cualquiera de éstas, donde la historia ha marcado el devenir de la morfología urbanística de sus trazados, todos los crecimientos de dichas ciudades, a partir de la revolución Industrial, han sido pensados y diseñados con el objetivo de generar una ciudad ideal, o al menos un crecimiento de ciudad racional, sostenible, funcional, y generador de un mínimo de espacios de calidad para intentar mejorar la vida de sus ciudadanos.
Como comentaba anteriormente, a partir de la Revolución Industrial, es cuando verdaderamente las ciudades necesitan de un crecimiento importante debido al éxodo del campo, en busca de una mejora de vida.
A mediados del siglo XIX, podemos encontrar una más que reconocida y repetida muestra de crecimiento urbanístico proyectado y pensado por un técnico, en nuestro país, que fue el ensanche de Barcelona. Diseñado por Ildelfons Cerdá, creando una ciudad en retícula abierta que ordena, organiza, distribuye y jerarquiza una ciudad que se desborda a partir de sus antiguas murallas.

Posteriormente, en el siglo XX, nuestros pueblos y ciudades, organizan sus municipios a través de los planes Generales. Instrumentos que en manos de profesionales del urbanismo organizan y dirigen el rumbo y la forma de crecimiento de su ciudad.
Concretamente en Andalucía, en estas últimas 4 décadas hemos pasado por diferentes leyes urbanísticas que intentaremos explicar cómo y porqué surgen y su situación en la actualidad.
A finales de siglo XX, Los municipios eran ordenados por Planes Generales o Normas Subsidiarias que como hemos comentado antes, tenían como objetivo ordenar el rumbo de crecimiento de su ciudad, pero con una competencia total del propio Municipio para aprobar instrumentos de planeamiento propios. Es decir, el Municipio tenía facultades plenas para ordenar su territorio. Esto llevó, en algunos casos al abuso de estas facultades, desvirtuando y corrompiendo el urbanismo. Es decir, de esta manera entran a formar parte otros intereses, además del urbanístico que es el único que debe existir.

Tras este periodo, y con un propósito firme de acabar con estas situaciones, entra en vigor en 2003 la LOUA ( Ley de ordenación urbanística de Andalucía). Esta Ley, a través de los Planes Generales, igualmente ordena el territorio de la ciudad pero sin posibilidad de cambio en competencia del Ayuntamiento, es decir, si se propone alguna modificación respecto a lo establecido en el Plan General, tiene que pasar por el filtro de la Junta de Andalucía. Que es la que supuestamente cortaría cualquier abuso propuesto.
En diciembre de 2021, entra en vigor la actual ley urbanística de Andalucía denominada LISTA ( Ley de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía ). Dicha ley y de forma muy resumida, vuelve un poco atrás, en el sentido de que vuelve a dar competencias totales al Ayuntamiento para aprobar el crecimiento de su municipio, a propuesta de los promotores que quieran desarrollar y ampliar dicha ciudad.

Con unos parámetros muy básicos y muy generales de las trazas que debe tomar el municipio, indicadas en los nuevos planes generales, el municipio, y en concreto entiendo que sus técnicos municipales, tendrán que decidir a instancia de los promotores si el desarrollo propuesto es acorde.
Por tanto, entramos en una nueva etapa, en la que dudo mucho, nuestros pueblos y ciudades vayan a ganar en calidad urbana, ya que los intereses de los promotores difícilmente vayan ligados a los intereses de los ciudadanos.
